Instrucción general n°1: imparte instrucciones sobre inscripción de las instituciones calificadas como prestadores de servicios esenciales en la plataforma de reporte de incidentes de la Agencia Nacional de Ciberseguridad, conforme a la Ley 21.663
5 Junio 2025Con fecha 4 de junio de 2025, se publicó la Instrucción General N°1 (”la Instrucción”), de la Agencia
Nacional de Ciberseguridad (“la Agencia”), norma que se aplicará a instituciones que presten servicios
calificados como esenciales conforme a lo establecido en el inciso segundo, artículo 4º de la Ley
N°21.663, los que incluyen:”…. aquellos provistos por los organismos de la Administración del Estado y
por el Coordinador Eléctrico Nacional; los prestados bajo concesión de servicio público, y los proveídos por
instituciones privadas que realicen las siguientes actividades: generación, transmisión o distribución
eléctrica; transporte, almacenamiento o distribución de combustibles; suministro de agua potable o
saneamiento; telecomunicaciones; infraestructura digital; servicios digitales y servicios de tecnología de la
información gestionados por terceros; transporte terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo, así como la
operación de su infraestructura respectiva; banca, servicios financieros y medios de pago; administración
de prestaciones de seguridad social; servicios postales y de mensajería; prestación institucional de salud
por entidades tales como hospitales,