El pasado 21 de abril, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) emitió un dictamen interpretativo a la luz de las normas de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC) y el Decreto Fuerza de Ley N°458 de 1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), sobre la incorporación de fechas de entrega en proyectos inmobiliarios en comunicaciones previas a la firma de promesas de compraventa de inmuebles en etapas de “venta en blanco” o “venta en verde”, en las que los promitentes compradores (consumidores), suelen pagar montos elevados por adelantado, a los promitentes vendedores (inmobiliarias) respaldados por una póliza de garantía (Art. 138 bis LGUC).